Sin perjuicio de que para el caso de insolvencia de la empresa está el FOGASA que garantizaría un mínimo de la reclamación, usted puede embargar las participaciones sociales de la Sociedad Limitada y venderlas en pública subasta.
Con los mencionados argumentos presentados por Andrés Cervera Abogados, el Juzgado de lo Social nº 29 de Madrid en autos de EJECUCIÓN despacha ejecución y acuerda el embargo de las participaciones sociales de la EMPLEADORA (Sociedad Limitada) “A cuyo efecto, comuníquese el embargo trabado a los Administradores de la citada Sociedad, y requiérase a los mismos para que procedan a la anotación del embargo en el Libro Registro de Socios, pongan en conocimiento de los demás socios el embargo acordado, y comuniquen al Juzgado la existencia de pactos de limitación a la libre transmisión de participaciones o cualquier otra cláusula estatutaria o contractual que afecte a las participaciones embargadas”. El empresario corrió a pagar.
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